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AFAP – Jubilación Parcial por Ahorro

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Hoy en día no se suele ver tanto como antes que uno de los padres de familia no tenga actividad remunerada, en mi hogar antes de que naciese tanto mi madre como padre tenían actividad remunerada, pero posteriormente mi padre se dedicó a brindar el sustento económico a todos, y mi madre de lleno a la familia y realizar las tareas del hogar, eso implicó que estuvo muchos años sin aportar, hasta que en el 2002 dadas las necesidades retomó su vida laboral. En el caso de mi madre no fue aplicable dado que ella dejó de trabajar antes de que se crearan las AFAPs, pero perfectamente sería aplicable para cualquier persona que dejase de trabajar para dedicarse a la familia y haya aportado previamente a una AFAP.

Para configurar el causal jubilatorio común se necesitan 30 años de trabajo (lógicamente reconocidos, antes muchos estaban «en negro») y 60 años de edad. En el caso de las mujeres que han tenido hijos se resta un año por hijo hasta un máximo de 5 años de trabajo.

¿En qué consiste la jubilación parcial por ahorro?

Es simple permite jubilarse a los 65 años de edad por el tramo de la AFAP, y no se necesita tener un mínimo de años aportados. Si lo desea, la persona puede jubilarse por el tramo de la AFAP y seguir trabajando hasta completar los requisitos de la causal común y jubilarse también por el tramo del BPS.

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