Ya hemos visto anteriormente sobre BPS, AFAPs y jubilación, el artículo 8, la jubilación parcial por ahorro, la revocación opciones AFAP.
Hoy les presentamos otro detalle a tener en cuenta para su futura jubilación.
En nuestro país tenemos diferentes cajas, las cuáles son específicas amparando un título, profesión o vinculación con la misma, ejemplo la Caja Notarial únicamente pueden realizar aportes los que están vinculados con la misma, escribanos y sus empleados.
Las cajas son:
- Estatales:
- Paraestatales:
Si bien existen particulares individuales que no analizaremos y beneficios puntuales de cada caja que pueden observar en sus respectivos sitios web, existen a grandes rasgos dos formas de obtener la jubilación:
- Causal común:
- Cumpliendo los requerimientos en cada caja se puede obtener prestaciones (jubilaciones) independientes, una por cada caja, o sea que tendríamos varias jubilaciones.
- Acumulación de servicios:
- Creada por la ley 17.819 – decreto reglamentario nº 66/2005, que indica que es necesario tener 35 años de trabajo aportado indistintamente entre las cajas y 60 años de edad.
2 comentarios en «Jubilación – Cajas Jubilatorias»
Buenas puedo acumular los años de jubilación entre militar y otra caja??
Las jubilaciones en Uruguay están topeadas?